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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273016
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Cuarta Parte; Pág. 166
SENTENCIAS INCONGRUENTES.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Cuarta Parte; Pág. 166
Si en un juicio de reivindicación el demandado contrademandó no solamente la prescripción positiva, sino también la nulidad del título de la parte actora, y la acción de nulidad hecha valer en la reconvención no fue estudiada por la responsable, el amparo que contra la sentencia respectiva se pida, debe concederse para el efecto de que se dicte nueva sentencia en la que se estudie la acción de nulidad ejercitada por los demandados y la procedencia de la acción reivindicatoria ejercitada por la actora.
Precedentes
Amparo directo 1333/57. Leonardo Hernández y coagraviados. 13 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 775, la tesis aparece bajo el rubro "SENTENCIAS INCONGRUENTES.".