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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273027
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Cuarta Parte; Pág. 203
SOCIEDADES EXTRANJERAS. ADQUISICION DE BIENES RAICES (NULIDAD).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Cuarta Parte; Pág. 203
Si una sociedad extranjera adquiere tierras, contraviniendo los términos del contrato de adquisición de sus causantes, quienes no tenían autorización para traspasarla ni enajenarlas, por haberlas recibido para fines de colonización, y queda demostrado que tanto conforme a las leyes vigentes en la época de la adquisición, como según las actuales vigentes a las que quedó sujeta, hay prohibición para que las conserve en dominio, en posesión o en administración, todo ello conduce a considerar que existe la nulidad del contrato respectivo.
Precedentes
Amparo directo 351/55. The New Sabinas Company Limited. 12 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Vicente Santos Guajardo.