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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273031
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Cuarta Parte; Pág. 223
SOLIDARIDAD PASIVA, SENTENCIAS EN CASO DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Cuarta Parte; Pág. 223
Si se demanda a dos empresas como responsables solidariamente y se condena a ambas por diferentes cantidades, se establece indebidamente una doble condena en vez de una sola, en contra de las compañías demandadas, y por lo mismo, procede conceder el amparo que contra tal sentencia se pida, para el efecto de que se condene al pago de lo demandado, en forma solidaria.
Precedentes
Amparo directo 6091/56. Petróleos Mexicanos. 25 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.