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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273109
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Cuarta Parte; Pág. 90
DIVORCIO, PRUEBAS EN EL.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Cuarta Parte; Pág. 90
Cuando se trata de una cuestión del estado civil como es el divorcio, resultan difíciles las pruebas de las partes contendientes encaminadas, una, a justificar la acción intentada y, la otra, a negar su existencia y a probar su excepción. Esto sucede porque en estos casos los hechos objeto de la prueba pasan generalmente ignorados para los terceros y entonces se hace necesario relacionar todos los elementos probatorios para formar la convicción determinante del fallo. Por tanto, el juzgador hace una indebida estimación de las pruebas si las aprecia aisladamente y no en su conjunto, relacionando unas con otras.
Precedentes
Amparo directo 6344/56 Juana Luna Anguiano. 10 de julio de 1957. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.