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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273212
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVIII, Quinta Parte; Pág. 33
PETROLEROS. PRESTACION IMPROCEDENTE, CUANDO EL FAMILIAR DEL TRABAJADOR GOZA DE LA MISMA POR TENER DERECHO DIRECTAMENTE A ELLA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVIII, Quinta Parte; Pág. 33
Cuando el familiar del trabajador de Petróleos Mexicanos, esposa en la especie, ya goza de determinada prestación (atención médica y medicinas) otorgadas por la misma empresa donde labora el esposo, en virtud de que ella tiene derecho directamente a la misma por ser profesora de escuela Artículo 123, es inconcuso que en el caso se obtiene la finalidad perseguida con dicha prestación: protección de la salud de los familiares del trabajador; por lo que al absolver la responsable a la demandada de tal prestación, de la que ya goza el familiar del trabajador, aunque sea por origen diverso, ninguna garantía se viola a este último y debe negarse el amparo.
Precedentes
Amparo directo 5655/67. Tirso Treviño Govea. 12 de febrero de 1968. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.