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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273236
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIV, Quinta Parte; Pág. 62
SALARIOS CAIDOS. MODIFICACION DEL MONTO, AL VARIARSE EL SALARIO MINIMO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIV, Quinta Parte; Pág. 62
La obligación de pagar salarios caídos es una sanción que impone el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo al patrón que despide injustificadamente a un trabajador y tales salarios constituyen prestaciones causadas por hechos de tracto sucesivo, que van realizándose día a día, cuyo monto se modifica al variarse el salario mínimo.
Precedentes
Amparo directo 10255/66. José Arrañaga Aguila y otros. 24 de octubre de 1967. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.