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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273250
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXII, Quinta Parte; Pág. 33
AMPARO LABORAL. ES UN JUICIO EXTRAORDINARIO Y NO UNA INSTANCIA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXII, Quinta Parte; Pág. 33
El juicio de amparo que ante este Alto Tribunal se tramite, no es una instancia más, sino un juicio extraordinario que tiende a velar por el respeto de las garantías individuales que consagra la Constitución Federal, por lo que la interposición de la demanda respectiva no hace que quede "subjúdice" el laudo que se combate, pues el juicio respectivo concluye con dicho laudo y cualquier acto posterior podrá ser materia de un proceso distinto, o puede traer consecuencias legales de diversa índole, pero no mantiene "subjúdice" la resolución pronunciada.
Precedentes
Amparo directo 10316/66. Gustavo Castañares Cañedo. 14 de agosto de 1967. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.