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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273252
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXII, Quinta Parte; Pág. 49
DESISTIMIENTO EN AMPARO, EL QUEJOSO DEBE RATIFICAR EL ESCRITO DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXII, Quinta Parte; Pág. 49
Cuando el quejoso se desiste de su demanda de amparo y, de acuerdo con el procedimiento que señala la ley de la materia, se le requiere personalmente para que, en el término de tres días, ratifique el escrito correspondiente y no lo hace así, dicho desistimiento no debe tomarse en consideración.
Precedentes
Amparo directo 4286/66. Javier de Araoz Herrasti. 4 de agosto de 1967. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.