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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273255
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXII, Quinta Parte; Pág. 56
PREFERENCIA, DERECHO DE LOS TRABAJADORES A LA. ES IRRENUNCIABLE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXII, Quinta Parte; Pág. 56
El derecho de preferencia, establecido por la fracción I del artículo 111 de la ley laboral, respecto de los trabajadores que hayan prestado servicios satisfactorios con anterioridad al patrón, para ser contratados, frente a quienes no se encuentren en esas condiciones, no puede renunciarse por su carácter eminentemente proteccionista del trabajador.
Precedentes
Amparo directo 8239/66. Sotero Peralta Rico. 16 de agosto de 1967. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.