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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273291
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVIII, Quinta Parte; Pág. 11
BOMBEROS COMISIONADOS EN INSTITUCIONES, DERECHOS DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVIII, Quinta Parte; Pág. 11
Es lícito que el jefe del Cuerpo de Bomberos comisione parte de su personal en instituciones en donde considere necesarios sus servicios, y no obstante que dichas instituciones graciosamente otorguen gratificaciones a los trabajadores del Cuerpo de Bomberos, no por esto esas dádivas generan derecho alguno para dicho personal comisionado, ya que éstos continúan siendo empleados del H. Cuerpo de Bomberos; y las funciones ante dichas instituciones que éstos prestan, sólo deben ser tomadas como una comisión del servicio.
Precedentes
Amparo directo 7158/66. José Trinidad Hernández Muñoz. 12 de abril de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.