Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/273342
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273342
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXI, Quinta Parte; Pág. 22
HORAS EXTRAS. CARGA DE LA PRUEBA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXI, Quinta Parte; Pág. 22
Si el patrón demandado sólo negó que el trabajador hubiera laborado con el horario que señala en su demanda de trabajo, aduciendo que se ajustó a la jornada legal, no contrajo obligación de especificar y demostrar cuál era el horario de esa jornada legal, sino que al trabajador correspondió probar que prestó sus servicios en exceso de esa jornada legal, de conformidad con la jurisprudencia 87 de la compilación 1917-1965, según la cual si el obrero reclama el pago de horas extraordinarias de trabajo, al mismo toca probar haber laborado en ellas.
Precedentes
Amparo directo 9992/65. Cecilio Rodríguez Quintero. 7 de septiembre de 1966. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Quinta Parte, tesis 87, página 96, de rubro "HORAS EXTRAORDINARIAS.".