Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/273351
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273351
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXI, Quinta Parte; Pág. 52
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. FALTAS DE PROBIDAD. COMPUTO DEL TERMINO DE PRESCRIPCION PARA DEMANDAR EL CESE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXI, Quinta Parte; Pág. 52
Para que empiece a correr el término de prescripción de la acción en contra de un trabajador al servicio del Estado por faltas de probidad, no debe tomarse en consideración la publicación periodística que se haya hecho en relación con los hechos constitutivos de tal falta de probidad, sino la de la última actuación practicada en la investigación administrativa correspondiente, pues es en el resultado de esta investigación en lo que debe fundarse la acción de referencia.
Precedentes
Amparo directo 3795/65. Arturo Carranco López. 23 de septiembre de 1966. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.