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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273398
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CVI, Quinta Parte; Pág. 11
ACCIDENTE DE TRABAJO, EXCLUSION DE ALGUNOS BENEFICIARIOS A LA INDEMNIZACION POR. EFECTOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CVI, Quinta Parte; Pág. 11
El patrón debe pagar la totalidad de lo que la Ley Federal del Trabajo o el contrato, en su caso, señalen como indemnización en el evento de un riesgo profesional; y la circunstancia de que varias personas hayan reclamado esa indemnización en conjunto, y se excluya a una de ellas, no implica la liberación parcial del patrón, ni la disminución de su responsabilidad; sin que se deba considerar que la parte que hubiera correspondido al reclamante que se excluyó, quede en beneficio del patrón.
Precedentes
Amparo directo 4853/65. Petróleos Mexicanos. 18 de abril de 1966. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen LXXXIX, página 9. Amparo directo 7236/62. Santa Anita, S. A. 18 de noviembre de 1964. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.