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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273412
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CV, Quinta Parte; Pág. 54
JUBILACION PARA INCAPACITADOS MENTALES, PRESCRIPCION DE LA ACCION DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CV, Quinta Parte; Pág. 54
En los casos en que se reclama la jubilación para un incapacitado mental la prescripción no puede comenzar ni correr, sino hasta que se haya discernido su tutela, conforme a lo dispuesto por el artículo 331 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo 9511/64. Ferrocarriles Nacionales de México. 17 de marzo de 1966. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.