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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273415
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CV, Quinta Parte; Pág. 58
RESPONSABILIDAD DEL CONFLICTO, LAS ACCIONES DERIVADAS DEL, NO SON CONTRADICTORIAS CON LAS DE REINSTALACION Y SALARIOS CAIDOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CV, Quinta Parte; Pág. 58
Cuando se exigen las responsabilidades del conflicto en los términos de ley, debe entenderse que dicha exigencia se hace para el caso de que el demandado se negare a someter sus diferencias al arbitraje o a aceptar el laudo pronunciado por la Junta, y esto no es contradictorio de la acción de reinstalación y pago de salarios caídos que se ejercite.
Precedentes
Amparo directo 5751/63. Petróleos Mexicanos. 7 de marzo de 1966. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.