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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273419
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CIV, Quinta Parte; Pág. 19
FALTAS DE ASISTENCIA, OPORTUNIDAD PARA DAR AVISO Y JUSTIFICAR LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CIV, Quinta Parte; Pág. 19
El motivo de las inasistencias al trabajo debe hacerse del conocimiento del patrón y no tratar de justificar esas faltas de asistencia ante las Juntas en el procedimiento laboral, pues para que las faltas al trabajo en que hubiere incurrido un trabajador por motivo de enfermedad, no den lugar al despido, debe dar aviso al patrón de las causas de la misma, y acreditar cuando vuelva al trabajo, que efectivamente se vió imposibilitado para laborar, ya que de no hacerlo, el patrón puede rescindir el contrato de trabajo considerando que las faltas fueron injustificadas.
Precedentes
Amparo directo 3058/64. Ranulfo Acosta Maldonado. 18 de febrero de 1966. Cinco votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.