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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273423
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CIV, Quinta Parte; Pág. 52
TERCERIAS EXCLUYENTES DE DOMINIO LABORALES, OPORTUNIDAD PARA PROMOVER LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CIV, Quinta Parte; Pág. 52
Los términos a que se refiere el artículo 297 del Código Federal de Procedimientos Civiles, no son aplicables para determinar el tiempo en que han de promoverse las tercerías excluyentes de dominio en los juicios laborales, toda vez que dichos términos se refieren, obviamente, a la oportunidad para efectuar determinados actos en el proceso; además, el único límite que se deduce de la naturaleza de dichas tercerías, para proponerlas, es el de que se haga antes de la entrega de los bienes al adjudicatario.
Precedentes
Amparo directo 4089/64. Sindicato de Obreros Industriales "Miguel Hidalgo". 10 de febrero de 1966. Unanimidad de cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.