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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273427
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CIII, Quinta Parte; Pág. 28
RIESGOS PROFESIONALES, LA INCAPACIDAD PRODUCIDA POR INTERVENCIONES QUIRURGICAS MAL EJECUTADAS, ORIGINADAS POR ACCIDENTES DE TRABAJO, DEBE CONSIDERARSE COMO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CIII, Quinta Parte; Pág. 28
Las intervenciones quirúrgicas mal ejecutadas deben considerarse como riesgos profesionales, cuando ha existido un accidente de trabajo como causa motivadora de tales intervenciones quirúrgicas, porque las incapacidades que posteriormente resulten al trabajador deben estimarse como producidas por el aludido accidente, toda vez que éste fue el factor determinante de ellas.
Precedentes
Amparo directo 8077/62. Petróleos Mexicanos. 14 de enero de 1966. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ángel Carvajal. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.