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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273443
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CII, Quinta Parte; Pág. 43
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, FACULTAD DE LAS, PARA INTERPRETAR EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CII, Quinta Parte; Pág. 43
Si las peticiones del actor, negadas por el patrón, se enderezaban hacia la reglamentación de las cláusulas del contrato colectivo, el laudo dictado por la responsable no puede considerarse violatorio de garantías al establecer los términos de la reglamentación, ya que con ello no hizo sino dirimir dos interpretaciones de las partes en conflicto.
Precedentes
Amparo directo 7671/64. Industrias del Yaqui, S. A. de C. V. 24 de marzo de 1965. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.