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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273447
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CII, Quinta Parte; Pág. 48
REPOSICION, ACCION DE. CASO DE IMPROCEDENCIA DE LA EXCEPCION DE PRESCRIPCION.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CII, Quinta Parte; Pág. 48
Cuando se demanda la reposición de un trabajador y la empresa demandada opone la excepción de prescripción con apoyo en la fracción III del artículo 329 de la Ley Federal del Trabajo, y niega la existencia del despido, si se demuestra en autos que la conclusión del contrato de trabajo se debió a una causa distinta de la mencionada, debe considerarse improcedente la aludida excepción, en la forma y términos que se opuso, toda vez que el citado precepto sólo opera en los casos de despido.
Precedentes
Amparo directo 7230/63. Víctor Aguilera Fajardo. 9 de junio de 1965. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.