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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
273462
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CI, Quinta Parte; Pág. 13

CONFESION FICTA DE LA DEMANDA. AUN CUANDO EXISTA, LAS JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEBEN ESTUDIAR LAS PRUEBAS RENDIDAS POR LA DEMANDADA PARA ACREDITAR LA FALTA DE ACCION.

[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CI, Quinta Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 5456/65. Compañía Luz Color, S. A. 10 de noviembre de 1965. Unanimidad de cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Registro digital (IUS): 273462