Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/273463
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273463
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CI, Quinta Parte; Pág. 18
CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO, SUBROGACION EN LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CI, Quinta Parte; Pág. 18
Todo sindicato que deje de contar con la mayoría de trabajadores al servicio de una empresa, deja de ser también titular legítimo del contrato de trabajo, subrogándolo el sindicato que deviene mayoritario de la misma empresa, en la representación del interés común profesional y demás consecuencias jurídicas inherentes; sin que por ello se afecten los principios de libertad sindical y de celebración del contrato colectivo de trabajo con el sindicato que tiene mayoría de trabajadores en la negociación.
Precedentes
Amparo directo 8718/63. Sindicato de Trabajadores de Neverías y Fábricas de Paletas del D. F. 23 de noviembre de 1965. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen VII, página 48. Amparo directo 4670/54. Sindicato Unico de Trabajadores de la Industria de Aguas Gaseosas y Similares de la ciudad de Puebla. 8 de enero de 1958. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.
Nota: En el Volumen VII, página 48, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, SUBROGACION EN EL.".