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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273470
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Quinta Parte; Pág. 11
CONTRATO DE TRABAJO, INEXISTENCIA DEL. PROPINEROS DE GASOLINERIAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Quinta Parte; Pág. 11
Si los actores no prestaron servicios con sujeción a determinado tiempo y jornada de trabajo ni sujetos a inspección o vigilancia alguna por parte del demandado, sino que asistían al establecimiento con el solo objeto de beneficiarse con las propinas que les otorgaba voluntariamente la clientela de las gasolineras, es evidente que no existió, en el caso, relación laboral entre actores y demandados.
Precedentes
Amparo directo 693/65. Juan María García y otros. 6 de octubre de 1965. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.