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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
273493
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVII, Quinta Parte; Pág. 35

HUELGAS, LAS RESOLUCIONES QUE CALIFICAN LAS, NO SON LAUDOS. COMPETENCIA.

[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVII, Quinta Parte; Pág. 35

Precedentes

Amparo directo 4811/57. Sindicato de Trabajadores de la Música "Gilberto G. Soto", C.T M., de Nogales, Sonora. 7 de julio de 1965. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Registro digital (IUS): 273493