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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273509
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIV, Quinta Parte; Pág. 9
CLAUSULA DE EXCLUSION, DEBEN PROBARSE LOS HECHOS QUE MOTIVEN LA APLICACION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIV, Quinta Parte; Pág. 9
No basta para que se considere legalmente expulsado a un trabajador del seno de un sindicato que se diga simplemente por el sindicato que cometió tal o cual falta sancionada por los estatutos, sino que es menester que se pruebe la existencia de los hechos relativos.
Precedentes
Amparo directo 1878/64. Sindicato de Trabajadores de la Industria Embotelladora de Refrescos y Similares de la Región de Jalapa, C.T.M. 5 de abril de 1965. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.