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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273526
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIII, Quinta Parte; Pág. 22
PRUEBA PERICIAL. NO OBLIGA DEFINITIVAMENTE AL ORGANO JURISDICCIONAL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIII, Quinta Parte; Pág. 22
La prueba pericial no obliga definitivamente al órgano jurisdiccional, porque la aplicación y la interpretación de la ley no pueden dejarse al criterio de peritos, sino que es privativa de las autoridades investidas de jurisdicción.
Precedentes
Amparo directo 8974/63. Erasmo Romón Cuervo. 3 de marzo de 1965. Cinco votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.