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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273543
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCII, Quinta Parte; Pág. 11
CONTRATO VERBAL DE TRABAJO. ALCANCE Y EFECTOS DEL ARTICULO 31 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCII, Quinta Parte; Pág. 11
Si bien es cierto que conforme al artículo 31 de la Ley Federal del Trabajo "La falta de contrato escrito, cuando en esta forma lo prevenga la ley, o de alguno de los requisitos que para el mismo señala el artículo 24, no privará al trabajador de los derechos que esta ley o el contrato le concedan, pues se imputará al patrón la falta de esa formalidad ...", también lo es que los términos que establece esa disposición laboral en beneficio de los trabajadores, no pueden tener el alcance y efectos al extremo de que se tengan por ciertas las peticiones que hace un trabajador en su demanda, por el solo hecho de que los enunciare en su demanda laboral, ya que las cuestiones que se alegan pactadas en un contrato, deben ser expresamente probadas en autos, pese a que no se hubiere otorgado por escrito el correspondiente contrato laboral, por causas imputables al patrón.
Precedentes
Amparo directo 8147/62. Guillermo Corres Innes. 25 de febrero de 1965. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.