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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273591
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCI, Quinta Parte; Pág. 28
RELACION LABORAL CON LA EMPRESA SIMULTANEA CON OTRA CON EL SINDICATO. NO SE EXCLUYEN.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCI, Quinta Parte; Pág. 28
Si un trabajador prueba plenamente la existencia de la relación laboral que tiene con un sindicato, no puede desvirtuarse esta consideración por el hecho de que el trabajador confiese que laboró al servicio de la empresa y que ha sido socio comisionado del sindicato, pues la calidad del trabajador de la empresa y el carácter de socio del sindicato, no excluyen la existencia de una relación laboral con el sindicato, máxime si no se prueba que al perder el trabajador la calidad de trabajador de la empresa, se extinga su carácter de socio del sindicato o que deba terminar la relación contractual celebrada con la organización sindical.
Precedentes
Amparo directo 7575/62. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 8 de enero de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.