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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273592
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCI, Quinta Parte; Pág. 28
RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO NO OPERANTE POR CAUSAS IMPUTABLES AL PATRON, CUANDO ESTE HA RESCINDIDO YA EL CONTRATO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCI, Quinta Parte; Pág. 28
Es ilógico pretender la rescisión del contrato de trabajo por causa imputable al patrón después de haberlo rescindido éste, toda vez que lo procedente, en tal caso, es exigir el cumplimiento del contrato o la indemnización correspondiente y no la rescisión de un contrato ya rescindido.
Precedentes
Amparo directo 7837/63. Ramón Ballesteros Peralta. 22 de enero de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.