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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273593
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCI, Quinta Parte; Pág. 29
RESCISION IMPOSIBLE DEL CONTRATO DE TRABAJO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCI, Quinta Parte; Pág. 29
Si el trabajador pretende rescindir su contrato de trabajo un día después de que haya sido despedido, tal rescisión no puede tener efecto y eficacia legal de ninguna especie, y por ende, de esa supuesta rescisión no puede generarse y menos prosperar la acción de indemnización constitucional y salarios caídos.
Precedentes
Amparo directo 4456/64. Carlos Benavides Gámez. 28 de enero de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.