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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273596
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCI, Quinta Parte; Pág. 30
SEGURO SOCIAL, PUESTOS NO COMPATIBLES CON EL GRADO DE INCAPACIDAD PARCIAL DECRETADA POR EL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCI, Quinta Parte; Pág. 30
Por el hecho de que el Instituto Mexicano del Seguro Social haya recomendado a una empresa un cambio de ocupación en el trabajo de un trabajador, no se sigue necesariamente que la empresa esté obligada a hacerlo si no existen vacantes o no está en posibilidad de proporcionar al trabajador un puesto que sea compatible con el grado de incapacidad que sufre, pues el artículo 319 de la Ley Federal del Trabajo, dispone claramente que, cuando el trabajador no pueda desempeñar su trabajo primitivo, pero sí otro cualquiera, el patrón está obligado a proporcionarlo en caso de ser posible.
Precedentes
Amparo directo 9355/63. Jesús Loyola Rodríguez. 27 de enero de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.