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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273610
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XC, Quinta Parte; Pág. 12
DESPIDO POR HECHOS OCURRIDOS FUERA DE LA JORNADA DE TRABAJO, PERO DENTRO DEL LUGAR DEL TRABAJO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XC, Quinta Parte; Pág. 12
Es inexacto que los motivos de despido tengan que referirse a hechos ocurridos durante la jornada de trabajo, pues basta que hayan acontecido, dentro del lugar de trabajo, originando la alteración de la disciplina en él, para que se considere operada la causal de despido alegada; y es del todo ilógico pretender que por el simple hecho de haber concluido la jornada de labores, pueda un trabajador embriagarse y participar en un acto de escándalo dentro del lugar en que presta servicios, sin que ello influya en la relación laboral.
Precedentes
Amparo directo 6887/63. Filiberto Amador Galvez. 9 de diciembre de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.