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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273622
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XC, Quinta Parte; Pág. 30
DESPIDO, BASE PARA CALCULAR LAS INDEMNIZACIONES EN EL CASO DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XC, Quinta Parte; Pág. 30
El criterio sustentado por la Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los casos de indemnizaciones por riesgos profesionales es aplicable tratándose del despido del trabajador; esto es, que para calcular el salario base de las indemnizaciones, debe dividirse la suma percibida durante el mes anterior al despido, entre el número de días trabajados y no entre treinta días que tiene el mes, por ser esa la cantidad que resulta como promedio diario en el último mes, aplicando el artículo 16 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo 9367/61. Shulton de México, S. A. 15 de enero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.