Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/273628
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273628
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIX, Quinta Parte; Pág. 9
ACCIDENTE DE TRABAJO, EXCLUSION DE ALGUNOS BENEFICIARIOS A LA INDEMNIZACION POR EFECTOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIX, Quinta Parte; Pág. 9
El patrón está obligado a pagar la totalidad de la indemnización que por accidente de trabajo prescribe la ley, aunque la Junta de Conciliación y Arbitraje haya excluido a uno o varios de los reclamantes de esa indemnización por no haber demostrado tener derecho a ella, toda vez que esa exclusión no implica en modo alguno la disminución de la responsabilidad patronal o su liberación parcial.
Precedentes
Amparo directo 7236/62. Santa Anita, S. A. 18 de noviembre de 1964. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.