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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273669
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVIII, Quinta Parte; Pág. 14
DESPIDO INJUSTIFICADO Y RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO POR CAUSA IMPUTABLE AL PATRON, DIFERENCIA ENTRE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVIII, Quinta Parte; Pág. 14
Si se alega por el trabajador que hubo despido injustificado, se está indicando que fue el patrón quien motu proprio dio por terminada la relación laboral; mientras que si se exige la declaración de que el contrato de trabajo se rescinda por causa imputable al patrón, lo que se está afirmando es que es el trabajador quien por su propia voluntad rescinde la relación contractual de trabajo.
Precedentes
Amparo directo 3259/63. María Pérez Durán. 29 de octubre de 1964. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.