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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273672
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVIII, Quinta Parte; Pág. 16
EXCEPCION, COMO PODER DE ANULACION QUE SE DIRIGE CONTRA OTRO DERECHO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVIII, Quinta Parte; Pág. 16
La excepción es un contra derecho, es un poder de anulación que se dirige contra otro derecho, teniendo como límite la acción misma. En esa virtud, al ser opuesta, el juzgador debe relacionarla indefectiblemente con la acción para poder determinar dentro de su propia naturaleza, si es o no procedente, es decir, si la excepción fue bien o mal opuesta.
Precedentes
Amparo directo 8948/63. Antonio Rossano Lara. 30 de octubre de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.