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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273700
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVII, Quinta Parte; Pág. 14
DEMANDA, CONSECUENCIAS DE LA FALTA DE VERACIDAD EN LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVII, Quinta Parte; Pág. 14
El hecho de que el actor haya mentido en su demanda laboral, al señalar el salario que percibía, no es suficiente por sí solo para desestimar totalmente esa demanda, ya que toca a la demandada la obligación de desvirtuar mediante prueba directa, la presunción nacida de su contumacia; y aunque se le absuelva del pago de otras prestaciones, ello no implica que forzosamente se tenga que absolver por todo lo reclamado, sino que las diversas prestaciones exigidas deben analizarse separadamente.
Precedentes
Amparo directo 3049/63. Otilia Suárez de Serrano. 18 de septiembre de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.