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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
273713
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVII, Quinta Parte; Pág. 24

PATRON, INJURIAS AL. ES IMPROCEDENTE LA EXCEPCION QUE SE APOYA EN ELLAS, CUANDO NO SE PRECISAN LAS EXPRESIONES CONSIDERADAS COMO INSULTOS.

[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVII, Quinta Parte; Pág. 24

Precedentes

Amparo directo 1961/63. Matilde Chalamanch Noguer de Martínez. 3 de septiembre de 1964. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XLIII, Quinta Parte, página 30, de rubro "INJURIAS Y MALOS TRATOS NECESIDAD DE PRECISARLOS.".
Registro digital (IUS): 273713