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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273734
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVI, Quinta Parte; Pág. 9
ABANDONO DE TRABAJO EN CASO DE DETENCION DEL TRABAJADOR, PRESUNCION DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVI, Quinta Parte; Pág. 9
La circunstancia de que un trabajador haya estado imposibilitado para presentarse al trabajo por encontrarse detenido y sujeto a una investigación de carácter penal motivada por una acusación hecha valer en su contra por el patrón, implica legalmente la suspensión de su contrato de trabajo en los términos de la fracción IX del artículo 116 de la Ley Federal del Trabajo, pero en virtud de dicha situación legal y para destruir la presunción del abandono de su trabajo que se haya establecido por su ausencia del mismo con anterioridad a la fecha en que fue detenido, se hace necesaria la comprobación por parte del trabajador de que, obtenida su libertad, regresó a su trabajo solicitando que se le admitiera en el mismo.
Precedentes
Amparo directo 5367/63. Raymundo Moreno Montelongo. 19 de agosto de 1964. Unanimidad de Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.