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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
273736
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVI, Quinta Parte; Pág. 11

CARGA Y DESCARGA, MANIOBRAS DE LOS SINDICATOS QUE TIENEN CONCESIONES FEDERALES PARA REALIZARLAS, NO SON PATRONES.

[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVI, Quinta Parte; Pág. 11

Precedentes

Amparo directo 779/60. Petróleos Mexicanos. 26 de agosto de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo. Sexta Epoca, Quinta Parte: Volumen LXIV, página 11. Amparo directo 4512/55. Sabino Rojas Camacho. 3 de octubre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz. Volumen LII, página 14. Amparo directo 1705/60. Unión Nacional de Productores de Azúcar, S. A. de C. V. 11 de octubre de 1961. Unanimidad de cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Volumen LII, página 14. Amparo directo 5497/59. Servicios Marítimos de México, S. A. 6 de octubre de 1961. Unanimidad de cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Registro digital (IUS): 273736