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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273738
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVI, Quinta Parte; Pág. 12
CONFESION FICTA, VALOR DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVI, Quinta Parte; Pág. 12
La confesión ficta del demandado, si no existe prueba en contrario, resulta suficiente para acreditar la relación contractual de trabajo.
Precedentes
Amparo directo 3155/62. Eduardo Márquez Valle. 31 de agosto de 1964. Cinco votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen XIX, página 26. Amparo directo 3107/57. Jorge de J. Núñez. 8 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.