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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273748
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVI, Quinta Parte; Pág. 20
DICTAMEN, AUDIENCIA DE RESOLUCION Y ENGROSE DEL LAUDO. CORRESPONDE A LA CUARTA SALA DE LA SUPREMA CORTE CONOCER DE LAS VIOLACIONES COMETIDAS EN ELLOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVI, Quinta Parte; Pág. 20
Dado el sistema adoptado por la Ley Federal del Trabajo respecto a los laudos o sentencias definitivas en los conflictos laborales que requiere, una vez agotada la intervención de las partes, el dictamen del auxiliar, la audiencia de resolución y el engrose del laudo mismo, actos que, aunque se realizan en diversas unidades de tiempo, constituyen una unidad jurídica porque todos ellos integran el acto decisorio, resulta que la Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer de las violaciones cometidas en dichas unidades, de acuerdo con los artículos 107 constitucional, fracción III, inciso a) y V, 45 y 158 de la Ley de Amparo, y 27, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Precedentes
Amparo directo 8542/61. Othón Saldaña Cervantes y coagraviados. 27 de agosto de 1964. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen LXXXI, página 15. Amparo directo 4817/62. Anselmo Pliego del Villar. 5 de marzo de 1964. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Nota: En el Volumen LXXXI, página 15, la tesis aparece bajo el rubro "DICTAMEN DEL AUXILIAR, AUDIENCIA DE RESOLUCION Y ENGROSE DEL LAUDO. COMPETENCIA DE A LA CUARTA SALA DE LA SUPREMA CORTE PARA CONOCER LAS VIOLACIONES QUE SE COMETAN EN ELLOS.".