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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273781
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Quinta Parte; Pág. 11
CONTRATO DE TRABAJO. CARGA DE LA PRUEBA DE SU EXISTENCIA O NULIDAD.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Quinta Parte; Pág. 11
Al actor sólo le corresponde probar los hechos que aduce como fundamentos de la demanda, y si entre éstos invoca la existencia de un contrato escrito entre las partes, la prueba valedera consiste en la exhibición del contrato invocado; si el demandado le niega vigencia a tal contrato, alegando que fue anulado, es a éste a quien incumbe la comprobación de esa anulación, y de no hacerlo la Junta ha de tener por vigente el exhibido por el actor.
Precedentes
Amparo directo 1680/63. Manuel Ortiz Martínez. 20 de julio de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.