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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273785
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Quinta Parte; Pág. 12
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO, POSIBILIDAD DE QUE SEA RESCINDIDO DOS VECES POR LA EMPRESA EL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Quinta Parte; Pág. 12
Cuando un contrato individual de trabajo ha sido rescindido dos veces por la empresa y la Junta resuelve que fue injustificado el primer despido, lógicamente debe considerarse, que dicho contrato que ligaba a las partes, sigue surtiendo plenamente sus efectos y bien podría la empresa rescindirlo con posterioridad, por otra causa. Por esta razón resulta infundado el agravio que se funda en que ya no estaba vigente el contrato de trabajo en la fecha del segundo despido.
Precedentes
Amparo directo 3041/63. Federico González Huerta. 2 de julio de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.