Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/273786
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273786
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Quinta Parte; Pág. 12
CONTRATO DE TRABAJO DE APRENDIZAJE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Quinta Parte; Pág. 12
Los contratos de aprendizaje se refieren a aprendices y no a trabajadores propiamente dichos, que en ciertos casos necesitan adiestramiento y si se trata de una medida acordada en beneficio de los propios trabajadores, que de esa manera se capacitan para laborar de manera eficiente, es obligatoria, pues según el artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo, el contrato de trabajo obliga no sólo a lo expresamente pactado sino también a las consecuencias que sean conformes a la buena fe, al uso o a la ley.
Precedentes
Amparo directo 3180/62. Sindicato Progreso y Justicia de Obreros y Obreras de la Fábrica de Hilados y Tejidos de Lana "La Victoria", S. A. 24 de julio de 1964. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.