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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273806
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Quinta Parte; Pág. 26
PATRON. LOS TRABAJADORES NO ESTAN OBLIGADOS A PROPORCIONAR EL NOMBRE CORRECTO DEL, CUANDO INTENTAN UNA ACCION.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Quinta Parte; Pág. 26
Los trabajadores no están obligados a proporcionar el nombre correcto de las empresas o razones sociales con las cuales giren sus patrones, cuando intentan una reclamación laboral, por ser esta circunstancia de difícil comprensión para ellos en muchos casos y la única obligación que tienen consiste en fijar correctamente el domicilio de los demandados y acreditar que prestaron servicios a éstos.
Precedentes
Amparo directo 3464/62. Martín Calvillo. 3 de julio de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.