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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273842
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIV, Quinta Parte; Pág. 14
CONFESION FICTA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIV, Quinta Parte; Pág. 14
No es suficiente señalar en forma vaga que existen pruebas en el expediente, para desvirtuar la confesión ficta, sino que deben indicarse con precisión esas pruebas y razonar en cuanto a lo que de ellas se derive.
Precedentes
Amparo directo 8045/62. Antonio Vargas Garduño. 10 de junio de 1964. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.