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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273851
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIV, Quinta Parte; Pág. 19
GERENTES, CUANDO DEBEN SER CONSIDERADOS COMO TRABAJADORES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIV, Quinta Parte; Pág. 19
La juurisprudencia de la Cuarta Sala, consultable bajo el número 511, en la página 963 de la compilación de mil novecientos cincuenta y cinco, indica que "los gerentes son trabajadores, en aquellos casos en que no sean parte integrante de la empresa y no estén vinculados a los resultados económicos de ella.". Por parte integrante de la empresa no debe entenderse únicamente el socio o accionista de ella, pues el término empresa no se refiere únicamente a las sociedades cuya existencia autoriza la ley, sino que ese concepto se refiere a que el gerente sea propietario de una parte de la empresa, considerada como unidad económica.
Precedentes
Amparo directo 5454/60. Luis Rizo Hernández. 10 de junio de 1964. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.