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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273853
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIV, Quinta Parte; Pág. 22
INCOMPETENCIA. CUANDO NO ES VIOLATORIA DE GARANTIAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIV, Quinta Parte; Pág. 22
La incompetencia de una Junta no puede alegarse como violatoria de garantías en los casos en que en el juicio laboral no se hace valer tal circunstancia.
Precedentes
Amparo directo 4400/63. Melitón Sánchez García. 11 de junio de 1964. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.