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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273862
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIII, Quinta Parte; Pág. 11
DEUDAS DEL TRABAJADOR A FAVOR DE LA EMPRESA, COMPETENCIA EN CASO DE RECONVENCION POR EL PAGO DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIII, Quinta Parte; Pág. 11
Si un trabajador al demandar a su patrón es reconvenido y se le reclama el pago de determinada cantidad por concepto del importe de mercancías propiedad de la empresa, que estaban al cuidado de aquél y que le resultaron faltantes al hacerle un arqueo, resulta inconcuso que se surte la competencia de las autoridades laborales y no las del fuero común, en virtud de que la acción ejercitada en la reconvención, es una consecuencia de la relación laboral entre las partes y no de las relaciones comerciales de éstas.
Precedentes
Amparo directo 5434/63. Servicios Industriales y Comerciales, S. A. 11 de mayo de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.